domingo, 28 de diciembre de 2014

SOY EL RESULTADO DE MIS DECISIONES


TE QUEJAS POR NADA
TE QUEJAS POR TUS ZAPATOS
CUANDO HAY OTROS QUE SON FELICES
Y NO TIENEN PIES

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sábado, 27 de diciembre de 2014

HONESTIDAD COMO PRINCIPIO DE CONVIVENCIA

TOMO LAS DECISIONES
Y ASUMO LAS CONSECUENCIAS
DECISIONES QUE SON EL RESULTADO DE MI RAZÓN
Y SI ME AFECTAN
NO DEBEN AFECTAR NEGATIVAMENTE A LOS DEMÁS
PORQUE EXISTIENDO INDIVIDUALMENTE
EN SOCIEDAD AUNQUE IMPORTANTE
SOY INEXISTENTE

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sábado, 29 de noviembre de 2014

NORMALISTAS

NORMALISTAS


HIMNO DE LA NORMAL SUPERIOR

LETRA: AUGUSTO RAMIREZ VILLAMIZAR

MUSICA: VICTOR M. GUERRERO A.

Coro
En alegre concierto armonioso
Evoquemos la escuela Normal,
Con fervor entusiasmo y con gozo
Pregonemos su excelso ideal.


I ESTROFA
Altas cimas emblemas gloriosos
Do se mezcla la niebla y la luz
Verdes valles feraces y lumbrosos
Limpia fuente a la paz del sauz.


II ESTROFA
Almas puras que buscan la ciencia
Con la vista en la altura triunfal;
Voluntades, tenaz resistencia
Por vencer la ignorancia y el mal.


III ESTROFA
Libertad que fecunda lo grande;
De belleza sagrada misión,
Y un inmenso anhelar en el ande
De progreso y de renovación.


IV ESTROFA
Cuerpos ágiles, musculosos y fuertes
Donde quiebra sus dardos el sol;
Fortaleza que humilla la muerte
Y en la sangre el empuje español.


V ESTROFA
En la mente destellos de ciencia;
Férreas fuerzas en la voluntad;
Cuerpos sanos que dan resistencia;
Almas puras que dan claridad.


FUTUROS MAESTROS BACHILLERES

 
 


RESEÑA HISTÓRICA
La creación de la Escuela Normal Nacional de Pamplona, al igual que las demás normales del país, fueron creadas mediante la Ley 6935 de diciembre 17 de 1934. Luis Alejandro Barrios, fue designado como rector en 1940.

El 6 de mayo de 1940 el entonces presidente de la república Eduardo Santos, inauguró oficialmente la institución.

En el año de 1977 la Normal Nacional para Varones gradúa la primera promoción de maestros bachilleres.

En este mismo año el psico-pedagogo Oscar Mogollón Jaimes, quien se desempeñó como rector de la institución creó, impulsó y desarrolló los  modelos de Escuela Unitaria y Escuela Nueva, ejemplo a nivel nacional e internacional.
Modelos que fueron puestos en práctica e impulsados en la educación colombiana por un colectivo de jóvenes entusiastas y emprendedores recién graduados, conocidos como promoción 77.
Rector Oscar Mogollón Jaimes (autor: Ciro Alfonso Cano Mora) 

                                                            Oscar Mogollón Jaimes (centro)
En 1998 la Escuela Normal se acoge al proceso de Acreditación cumpliendo con los ordenamientos legales señalados por la Ley 115 de 1994 y en especial por el decreto  10/12/97 como preparación al proceso de Acreditación de Calidad y Desarrollo a partir del cual la Normal dará testimonio ante el país de su carácter específico de institución Formadora de Formadores.

El MEN  expide la resolución No. 2793 de diciembre 4 de 2002 con la Acreditación de Calidad y Desarrollo por un término de cinco años a partir de la fecha.

En junio del 2002 el MEN con convenio con el Banco Mundial convoca a un  curso-concurso a las Escuelas Normales. El cual fue ganado por la Escuela Normal Superior y fue reconocida a Nivel Nacional.

En el año 2007 nuevamente recibió aprobación de estudios después de un proceso de acreditación, después de un proceso de revisión de unos pares académicos.
RECTORES
Luis Alejandro Barrios 1940 -1941
Eduardo Martínez Esponda 1941 - 1942 
Manuel Mesa 1942 -1943
José Max León 1943
Luis Vásquez Quiroz 1943 - 1945
Augusto Ramírez Villamizar 1945 - 1948
Ernesto Villamizar Daza 1950 -1952
Luis Vásquez Quiroz 1952 -1953
Rubén Contreras 1953 - 1954
Pbro. Hector Uribe Pedraza 1954 1968   
Pbro. Carlos E. Luna Gómez 1968 - 1971
Rubén Dario Hernández 1971 - 1974
Luis Enrique Yañez Romero 1974
Roberto Castañeda 1974 - 1976
Baudilio Calderón Jaimes 1976 - 1977
Oscar MOgollón Jaimes 1977 - 1978
Guido Franco Burbano Herazo 1978 - 1982
Gullermo  Alfonso Acevedo Vargas 1982 - 1983
Luis Enrique Yañez Romero 1983 - 1984
Guido Franco Burbano Herazo 1984 - 2002
Ramón Enrique Suárez Jaimes 2002
José Rafael Lizcano Martínez 2002 - 2003
Luis Emiro Gamboa Gómez 2003 - 2011
Mario José Uribe Carvajal 2011 - 2013
José Gregorio Bautista Rico 2013 - 2014
Oscar Fabian Cristancho Fuentes 2014 - 2017

CAM01214
                    Vista interior de la capilla                       Celebración de la sagrada Eucaristía
                                                                                                                                                 
  
El economato y comedor de los estudiantes internos
Además en su interior se encuentra el teatro 
que permitía a los estudiantes
la realización de las sabatinas que integraban 
a la comunidad pamplonesa
social y culturalmente.
Sirvió para que la promoción 77 posara para su fotografía de graduación.
Esta promoción de pensamiento avanzado 
rompió la tradición de los llamados y costosos mosaicos.


Primera promoción de Maestros Bachilleres
Futuros transformadores de la realidad social, cultural y política de Colombia
Verdaderos defensores de la DIGNIDAD HUMANA
Pioneros de la Escuela Nueva
Con el Rector Oscar Mogollón Jaimes (primero fila inferior de derecha a izquierda)y de izquierda a derecha Luis Antonio Gáfaro (primero), Carlos Villamizar (décimo), Luis Enrique Yañez vigésimotercero)


Graduandos 1977
Congratulaciones
 
  
   
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                 Cancha multifuncional y la escuela Anexa 

 


NORMAL SUPERIOR PAMPLONA
Jardines interiores - área administrativa - aulas de clase

     
Escaleras que conducen al área administrativa  -   Hall y pasillo que conduce a los antiguos dormitorios


 
                        Biblioteca                                                                      Investigación

 
                                                       Gruta de la virgen, testiga de la inundación

        
Bosques y verdes praderas que incitan a la reflexión
interrumpidos por el bramido de las reses, 
el trinar de las aves, y el sonar de las aguas del riachuelo 
que recorre el territorio de la Normal 
para luego alimentar al río pamplonita.
Maravilla natural en donde se confunde el aroma de los pinos y eucaliptos
que permitía a los estudiantes internos, entre otras actividades,
disfrutar de merecidas siestas, tertulias, y  estudiar responsablemente,
para presentar sus evaluaciones y continuar disfrutando de su beca.

   
Periódico Mural


ReseñaCAM00435
Patio cubierto y de formación

        
A la memoria del general Francisco de Paula Santander

 Antiguos dormitorios
permitían la estadía de alrededor de  180 estudiantes
internos procedentes municipios de Norte de Santander y
 diferentes departamentos colombianos.
La mayoría de estos estudiantes eran becados por el ICETEX 
después de presentar una evaluación de méritos y, 
debían obtener un promedio superior de 3.5 
en la escala de calificación 1 a 5, so pena de perder la beca.

A quien estuviera incumpliendo 
las normas del reglamento escolar
se le sancionaba al plantón
   
  
Esta era la sede de Escuela Nueva 
Estaba a cargo de las maestras consejeras: 
Sandoval Cuervo (hermana del Licenciado José Rufino Sandoval Cuervo) y,
Fany Capacho profesora directora de la Escuela Nueva


Martín (conductor elegido) acompañado de Alonso Rivera Araque



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Porteria

Promoción 1977
Para llegar a las cumbres
Dios nos dio alas
que nos permitieron volar
para enfrentar la opresión y la tiranía
para construir una sociedad
que anhela libertad, justicia e igualdad
para vivir con DIGNIDAD

PERFILES ACTUALES PROMOCIÓN 1977
   PROMOCIÓN 77 Y DEPORTES
 

   PROMOCIÓN 77 Y REIVINDICACIÓN LABORAL Y SOCIAL   

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Collage (cortesía de Enrique Sanabria)
Julio 6 de 2017 (cuarenta años después)
Honras Fúnebres del compañero Henry Villamizar q.e.p.d. 
ORGULLOSAMENTE NORMALISTA
Felicitaciones a la Normal de Varones de Pamplona, 
mi centro de formación como docente, 
a todos los que participan en esta decorosa demostración y 
muy particularmente a mi compañero Javier Villamizar Mendoza 
quien orgullosamente porta la bandera de nuestra institución

 

 
HONORES BANDA DE MARCHAS EX ALUMNOS 2015
 

viernes, 21 de noviembre de 2014

TRISTES EXPERIENCIAS

Esta es una narración de experiencias, basadas en hechos reales que a diario suceden en  nuestra cotidiana labor, es solo aquellos hechos que he presenciado en el día a día de mi labor. Por obvias razones se omiten nombres, recuerdo son hechos reales.

EXPERIENCIA 1

La Sinfonía

A la estudiante Sinfonía de noveno grado, por su intermedio se le envió citación a sus acudientes para que se presentaran a recibir el informe académico y comportamental de su representada porque no asistieron a la reunión general que se programó la semana anterior.

Me encontraba laborando en el grado octavo cuando desde afuera la estudiante Sinfonía de la cual soy titular se presentó acompañada de un joven entre 20 a 25 años, al atenderla me presentó a su falso su representante, a quien interrogué que relación tenía con la estudiante y esta sin darle tiempo y afrentosamente respondió por él "Es mi novio", acostumbrado a todo este tipo de comportamientos; respondí: Ah, sí, pero mi apreciado amigo yo no puedo entregarle ningún informe porque no los tengo en estos momentos y porque usted no es quien aparece en los documentos como su acudiente. Pero, aprovecho para que le informe a su suegra que la niña va mal académica  y comportamentalmente, y creo que parte de la culpa de esto es suya por cuanto le dedica a usted, el tiempo que pierde en su preparación.

EXPERIENCIA 2

Papá Cabrón

Estaba en turno de disciplina, siendo las seis y veinte de la mañana cuando ingresa una estudiante de décimo grado a la que requerí verbalmente preguntándole la causa de su llegada tarde y entonces me respondió que tenía que levantarse a preparar el  desayuno para ella y su hermano menor y después llevarlo al colegio. Le pregunté por su progenitora y entonces contestó que se había ido a vivir con el mozo y este era el tío suyo, un hermano de su papá y este viejo cabrón se había ido a buscarla dizque para que regresara nuevamente a la casa.

EXPERIENCIA 3

El Novio de mi Madre

La estudiante me dice: Mi mamá tiene novio, a lo que le argumento, me gusta que después de quince años (edad de la estudiante) se sigan queriendo como desde el principio su papá y su mamá, no profesor el novio no es mi papá es el señor que vive con mi mamá desde hace como un mes, porque mi papá también tiene novia y se fue a vivir con ella mi. Tratando de cambiar la idea le digo ah, pero ese señor prácticamente es su padrastro, porque supongo que es quien le satisface sus necesidades y me contesta: No, él no hace nada, mi mamá es quien trabaja y mi verdadero papá le pasa (se refiere a dinero) a mi mamá. El no hace sino molestar y yo estoy aburrida. Le pregunto ¿ha tratado de abusar de usted?, responde, no.

EXPERIENCIA 4

Medio Hermanos

En el mismo grado, dos estudiantes mujer y hombre hermanos entre sí al pasar la asistencia observo que tienen apellidos distintos. En un momento diferente consulto con la estudiante por que la diferencia de apellidos si son hermanos, me contesta que son de distinto papá, él vive con su papá y yo con mi mamá, entonces complemento quiere decir con su mamá y su papá que es diferente al de su hermano, me dice, no profesor ese señor no es mi papá, porque mi papá vive con otra señora y mi mamá vive con otro señor que no es mi papá y además tienen una niña es decir mi hermana menor, pero igual que el otro hermano no son del  mismo papá, es decir, que su mamá ha tenido tres esposos distintos y usted tiene dos papás, no profesor uno solo el propio porque al señor que vive con mi mamá no lo quiero, porque no hace sino molestar.

EXPERIENCIA 5

La Alegría de Mi Madre

Se me acercó la estudiante y me dice: "Profesor he decidido estudiar y pasar la nivelación, porque me puse a pensar (Maravilloso le interrumpí) que a mi mamá y a mi padrastro no les interesa sino su alegría y no la de mi hermanito y la mía, por eso después de pensarlo voy a salir adelante para ayudar a mi hermanito a surgir". Le manifesté la felicito niña porque uno no sabe cuando quede solo y si no está preparado entonces es quien sufre y las cosas regaladas no se aprecian, se tiran a la basura y si en la superación académica no se le debe tener lástima a nadie porque si así se hace se les causa un perjuicio mayor y conduce a las personas a convertirse en seres miserables atentando contra su Dignidad, los principios morales, éticos y divinos y así mismos se atenta abiertamente en contra del derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad.

EXPERIENCIA 6

Niña Parrandera - Madre Alcahueta 

Un día sábado, de regreso a mi casa aproximadamente a las diez de la mañana después de participar en un programa de radio, a la entrada y sentadas en el andén se encuentran dos jovencitas, con su aspecto de trasnochadas y ebrias parecidas a trabajadoras de lenocinio de mala muerte, quienes estaban acompañadas de dos señores mayores, uno para cada una y consumiendo licor (aguardiente); una de ellas discípula del grado noveno, quien su inasistencia a clases era permanente debido a problemas de salud según su acudiente y sostenido por ella misma.

Al parecer en medio de su estado de no conciencia ciento por ciento me identificó y de igual forma yo ignoré, pero, con el sentimiento y la moral destrozada porque el esfuerzo que uno hace por orientar a los y las jóvenes que día a día tienen bajo su responsabilidad casi que es en vano.  

Mi sorpresa fue mayor el lunes inmediato cuando estando desempeñándome en mi digna labor de docente, precisamente en el grado noveno al que pertenecía la joven beoda, asistió su señora madre, lógicamente después de haber pasado por la coordinación académica a presentar sus acostumbradas y falaces disculpas de inasistencia de su bebé por encontrarse enferma. Imagínese ese tipo de madre. 

EXPERIENCIA 7

La Madre y Demostración de Virginidad de Su Hija

Mientras me desplazaba a sala de profesores, me abordaron dos estudiantes, después de saludarme, una de ellas me preguntó si le podía aconsejar u orientar, por supuesto le contesté y las invité a sentarse en el muro de una jardinera que los y las estudiantes usaban para tal fin. Bueno en que le puedo ayudar le dije y ella empezó diciendo que tenía novio, pero que a su mamá no le gustaba porque ella quería que yo fuera novia de otro que a ella si le gustaba, pero ese no era el asunto sino que como ella era menor de edad y el era mayor entonces que ella había ido a bienestar y habló con una doctora para que me hicieran un examen para ver si yo estaba teniendo relaciones sexuales con él y que teníamos cita con la doctora el jueves entrante. Le pregunté su edad y la del novio y respondió 16 y 22 años respectivamente, también si era cierto lo que afirmaba su mamá con respecto a las relaciones sexuales y respondió afirmativamente. Pero antes de darle cualquier respuesta le dije que por qué no le comentaba a la orientadora y me respondió que no..., ¿por qué? agregué, porque es... Es que a usted le parece, repuse, no profe... Le comenté que por ser menor de edad su mamá podía decidir en varios asuntos y también la funcionaria del bienestar, pero, en asuntos tan delicados como agresiones a la intimidad y dignidad personal no, aunque su novio era mayor de edad.
Días después me comentó que la funcionaria se abstuvo de llevar a cabo la amenaza y que su mamá terminó aceptando a su novio, que no lo quería porque ganaba poco.        

EXPERIENCIA 8

La Niña Mondá

Grado 10 
Profesor: Niña haga el favor de guardar el teléfono
Agresiva, altanera e irrespetuosamente, 
la niña responde "estoy buscando esa mondá" (en expresión costeña) 

EXPERIENCIA 9

Mejor Ser Madre Que Estudiante
Hoy 11 de abril de 2016 

Una estudiante, me dice: "Profesor necesito hablar con usted", si comenteme, entonces me dijo: no voy a seguir estudiando, ¿por qué? justo en ese momento pasaba la profesora Leonor quien al oir dichas palabras se acerca y le dice a la niña abotonase, 
Niña: no se puede porque está muy apretado
Leonor: estás embarazada
Niña: sin inmutarse, responde que si
Leonor: no pensó, no se cuidó.
Niña: No el me quiere mucho y me da de todo, estoy mejor que en mi casa.
Interrumpo y su mamá, ella está de acuerdo. le pregunto: ¿Cuántos años tienes?,
Niña: No lo va creer 15 años.
Usted no sabe de eso, además su proyecto de vida se va para el piso,
Niña: No profesor a mí me ha tocado desde los cinco años hacerme cargo de mis hermanos, además el año entrante sigo estudiando.

Niña: Bueno profesor, gracias por todo.
Bueno, solo le deseo que le vaya bien.    

EXPERIENCIA 10
MI MADRE ES UNA DESVERGONZADA
9 y 10 de la mañana de agosto 10, se me acerca la joven de aproximadamente dieciséis años, de mirada taciturna quien cursa grado undécimo y me dice profesor le traigo el trabajo de promoción de periodo, a lo que respondí: muy bien eres la primera. Al observarla le pregunté: ¿estás enferma, qué le pasa? y respondió: no, lo que pasa es que no tengo ganas ni de vivir. Le dije si no tienes ganas de eso que es lo máximo, entonces qué se puede esperar. Bueno pero cuenteme cuál es el problema, claro está si no hay ningún inconveniente. 

El problema es mi mamá que parece que no ha madurado y no me colabora con nada, interrumpí y su papá, él vive alfrente porque la dejó, porque ella le puso cachos con un hombre que fue condenado a 6 años de cárcel porque violó a una niña de seis años.
Ahora vive con otro hombre en la casa que le dejó el violador, lo que más me preocupa es que no respeta ni siquiera la casa que le dejaron.

Hace poco, salí con ella, se encontró con un amigo y se pusieron a tomar cerveza, yo ahí sentada, me aburrí y me vine para mi casa y como a las diez de la noche llegó a casa, me despertó y me dijo que buscara donde quedarme porque ella pasaría la noche con es hombre y como la casa no tiene sino una habitación y duermo con ella, habitación que en el día es sala, comedor y cocina entonces me tocó irme para donde una amiga para que me dejara quedar allí.

Yo hice meter a la cárcel a un tío mio que lo condenaron a veinte años porque me abusaba dese pequeña, la última vez que tengo recuerdo fue cuando tenía como doce años.

Económicamente, subsisto con un subsidio de treinta mil pesos y lo que me da mi papá de vez en cuando, todos los días vengo al colegio sin desayuno.

Le dije, como usted es menor de edad puede por vía judicial demandar a su papá y a su mamá para que le respondan por su derecho a la alimentación.          

EXPERIENCIA 11
LA PAREJA
Entra la niña a sala de profesores, buenos días profesor, le respondo el saludo y seguidamente me pregunta por una profesora para que le haga entrega de su informe académico. 
Entonces le pregunto por su mamá y me responde: No vino, continúo ¿no le informó a su mamá?, responde, sí, pero no pude venir porque salió con la pareja. Agrego ah, con su papá, no con el otro, responde. 

EXPERIENCIA 12    
IGNORANCIA DE EDUCACIÓN SEXUAL
Cierto joven de grado décimo, se acerca a un profesor y le dice: estoy preocupado, ¿por qué?, pregunta el profesor, contesta el estudiante porque tuve relaciones sexuales con mi compañero  x y se me olvidó tomarme la pastilla del día después; ¿hace cuánto? pregunta el profesor, responde el estudiante: hace 3 días. El profesor ríe y le pregunta: ¿usted de que grado eres?, responde de décimo. Continúa el profesor once años estudiando y no sabe nada de biología, no sabes que los hombres aunque se crean mujeres o estén en cuerpo ajeno no quedan embarazados.

EXPERIENCIA 13
La profesora de matemáticas le dice a los estudiantes, saquen una hoja para la evaluación, un estudiante pregunta: ¿hay evaluación? si señor responde la profesora y el estudiante repone: "profesora yo creía que la evaluación era en el penúltimo bus.  

sábado, 8 de noviembre de 2014

SINDICALISMO: Y PAROS

Los trabajadores de cualquier naturaleza en Colombia tienen derecho de suspender sus labores, cuando se vean afectadas las condiciones de relación laboral. Es un derecho otorgado no por bondad de sus dirigentes, no por bondad de sus gobernantes, no por bondad de sus patronos y menos por bondad de la leyes de un estado, sino porque se ha establecido como consecuencia de las luchas que a través de la historia ha realizado el ser humano como trabajador para reivindicarse su Dignidad como tal y poder elevar esta acción en derechos humanos de obligatorio cumplimiento en las diferentes cartas políticas de cada estado.  

Pero, si bien es cierto, que el paro es un derecho que se ha reivindicado de los patrones y gobernantes, también es más cierto que los trabajadores tienen la plena facultad para exigirle a sus dirigentes el respeto como asociados a una agremiación sindical o sindicato, en las que sus dirigentes no pueden actuar a su libre arbitrio justificando estar actuando dentro de unos estatutos confeccionados a sus propios intereses, encauzando a las bases dentro de una demagogia y populismo, que aunque parezca inverosímil, para rendir cuentas al patrono de turno o más concretamente a las administraciones municipal y departamental para sus sus propios intereses; no hay que olvidar que las convocatorias a las marchas son direccionadas últimamente para demostrar fuerzas y contar votos para las próximas contiendas electorales, como mercaderes de nuestros derechos, es decir, con las bases pero sin las bases.

Ahora bien, los paros no deben ser demostrados únicamente bajo la fachada de caminatas insignificantes, débiles y sin ninguna medida de seguridad para evitar infiltraciones de saboteadores profesionales y de agentes encubiertos que pueden poner en riesgo la integridad personal de los participantes, así mismo que bajo el argumento de la reclamación de derechos que son vulnerados por los gobernantes de turno con cierta complicidad de algunos dirigentes para de igual forma atentar contra los derechos de la mayoría como el de la libre circulación para citar un ejemplo. Solo en la medida y con el transcurso del tiempo en que haya intransigencia de la administración debe también la dirigencia endurecer las medidas y sin mendigar consideración porque para eso tomaron la decisión de representar la base independientemente de las demás circunstancias.

El paro, no tiene otra explicación que parar y parar, significa eso, es decir, no trabajar o desarrollar sus funciones y se puede hacer desde la concentración en la sede sindical en una asamblea informativa. Es inaceptable que en el día o días que se convoque a paro el trabajador se dedique a otras actividades totalmente distintas, con la salvedad que sean de fuerza mayor o caso fortuito y a aquellos trabajadores que sean compelidos o coaccionados por sus inmediatos superiores, con mayor razón deben participar porque se les está atentando en contra de sus derechos fundamentales y aunque parezca utópico denunciar ante la justicia a estos abusadores de funciones.  

Se debe trabajar por lograr la conciencia colectiva (que aunque se tiene el dolor no se siente por el analgésico inyectado por algunos dirigentes) en la búsqueda del interés general. Tampoco se debe aceptar bajo ninguna circunstancia las prácticas represivas para participar en las actividades, porque son el reflejo de las tiranías y las opresiones de los gobernantes de turno, son la consecuencia de un actuar egoísta amparado en las necesidades sociales, de un ser camuflado de sindicalista.

Cuando la dirigencia es inferior a sus bases hay que sustituirla y no quedarse en la simple crítica o en equivocadas  decisiones como: no asistir a las actividades programadas por las directivas e irse a trabajar, renunciar al sindicato o simplemente hacerse a un lado y guardar silencio. Si la dirigencia es inferior como en la actualidad sucede, también debemos manifestarlo, pero, sin esperar hasta la convocatoria ordinaria a nuevas elecciones porque el atraso a reivindicarse los derechos sería más grave y la filosofía de los trabajadores representada en el sindicalismo una utopía. Si la dirigencia en su actuar no funciona hay que sustituirla, así como se le hace paro al gobierno con todo su poder, también podemos hacerle el pare a la dirigencia que se fija otros fines diferentes al interés general.

No hay que olvidar que la dirigencia no debe actuar a su capricho sino oír, sentir, ver y actuar de acuerdo al sentir de quienes los sostienen y los reivindican en vez de lo contrario, es decir, la  BASE.        

Los derechos no se mendigan, se exigen.

domingo, 5 de octubre de 2014

DOCENTES: Y PAGO OPORTUNO DE SALARIOS


Salario
De acuerdo al artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo, Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.
Del artículo 132 se desprende que: (Para información de aquellos trabajadores a los cuales los empleadores les disfrazan su salario como integral)
En ningún caso el salario integral podrá ser inferior al monto de diez (10) salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30 por ciento) de dicha cuantía. El monto del factor prestacional quedará exento del pago de retención en la fuente y de impuestos.
Pagos que no constituyen salarios.
No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes. Tampoco las prestaciones sociales de que tratan los títulos VIII y IX, ni los beneficios o auxilios habituales u ocasionales acordados convencional o contractualmente u otorgados en forma extralegal por el empleador, cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no constituyen salario en dinero o en especie, tales como la alimentación, habitación o vestuario, las primas extralegales, de vacaciones, de servicios o de navidad (Art. 128 C.S.T). 
Salarios en especie 
1. Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa del servicio, tales como la alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o a su familia, salvo la estipulación prevista en el artículo 15 de esta ley.
2. El salario en especie debe valorarse expresamente en todo contrato de trabajo. A falta de estipulación o de acuerdo sobre su valor real se estimará pericialmente, sin que pueda llegar a constituir y conformar más del cincuenta por ciento (50%) de la totalidad del salario.
3. No obstante, cuando un trabajador devengue el salario mínimo legal, el valor por concepto de salario en especie no podrá exceder del treinta por ciento (30%. (Art. 129 C.S.T).

Irrenunciabilidad y prohibición de ceder el salario.
El derecho al salario es irrenunciable y no se puede ceder en todo ni en parte, a título gratuito ni oneroso pero sí puede servir de garantía hasta el límite y en los casos que determina la ley (Art. 142 C.S.T).
Igualdad respecto al salario
El artículo 143 del Código Sustantivo del Trabajo establece que “a trabajo igual desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual, comprendiendo en éste todos los elementos a que se refiere el artículo 127” lo que supone que no debe haber una discriminación del empleado por su condición de sexo, edad, origen, raza, etc. No es legal por ejemplo que a un empleado le paguen menos que a otro que cumple exactamente la misma función y en las mismas condiciones.
Salario mínimo.
El artículo 145 del C.S.T establece que todo trabajador tiene derecho a percibir un salario mínimo y suficiente para cubrir las necesidades mínimas de el y de su familia.
El salario mínimo es fijado cada año por decreto, aunque se ha intentado fijarlo por acuerdo entre estado, empresarios y sindicatos, pero muy pocas veces se ha conseguido por lo que siempre el salario mínimo se fija por decreto.

Inembargabilidad del salario mínimo.
El salario mínimo no es embargable. Se tienen dos excepciones: a favor de las cooperativas legalmente constituidas y en los casos de los embargos por pensiones alimenticias, casos en los cuales se puede embargar hasta un 50% de todo salario, incluso el mínimo legal. (Art. 156 C.S.T). Igual tratamiento se le dan a las prestaciones sociales.
El excedente del salario mínimo solo es embargable hasta un 20% sin importar el monto del salario.
Prohibición de retener, deducir, descontar o compensar valor alguno del salario sin autorización escrita del trabajador u orden judicial.
1. El patrono no puede deducir, retener o compensar suma alguna del salario, sin orden suscrita por el trabajador, para cada caso, o sin mandamiento judicial. Quedan especialmente comprendidos en esta prohibición los descuentos o compensaciones por concepto de uso o arrendamiento de locales, herramientas o útiles de trabajo; deudas del trabajador para con el patrono, sus socios, sus parientes o sus representantes; indemnización por daños ocasionados a los locales, máquinas, materias primas o productos elaborados, o pérdidas o averías de elementos de trabajo; avances o anticipos del salario; entrega de mercancías, provisión de alimentos y precio de alojamiento.
2. Tampoco se puede efectuar la retención o deducción sin mandamiento judicial, aunque exista orden escrita del trabajador, cuando quiera que se afecte el salario mínimo legal o convencional, o la parte del salario declarada inembargable por la ley, o en cuanto el total de la deuda supere al monto del salario del trabajador en tres meses. (Art. 149 C.S.T).
Lo anterior es de especial importancia respecto a la costumbre de muchas empresas de descontar de sus sueldos a los trabajadores sin autorización de esos y sin una orden judicial los productos que se extravíen o el dinero faltante, acción que es completamente ilegal.
Pago oportuno de salarios
Los salarios se deben pagar una vez se haya cumplido el periodo de trabajo pactado entre las partes. La cancelación tardía de los emolumentos debidos al trabajador lesiona gravemente sus derechos, en particular el que tiene a trabajar dentro de unas condiciones dignas y justas y compromete la responsabilidad del patrono.
Al firmar el contrato de trabajo, las partes acuerdan el periodo de pago, que puede ser diario, semanal, quincenal o mensual, es decir, que tan pronto como se termine el periodo pactado el empleador debe pagar el salario a sus trabajadores. En todo caso, el periodo de pago no podrá ser superior al mes y en el caso de quienes laboran mediante la figura de jornales, el periodo de pago no podrá ser superior a una semana, así lo contempla el artículo 134 del código sustantivo del trabajo Colombiano, con la excepción en cuanto al plazo para el pago del trabajo suplementario y el recargo nocturno.
Esta excepción no cobija los recargos dominicales y festivos, ni las comisiones, por lo que estas deberán pagarse junto con el salario en el mismo periodo en el que se hayan causado.Contempla también el artículo 134 del código sustantivo del trabajo, que el pago se debe hacer en moneda legal, por lo que se debe entender, que en los casos en que el pago se hace en cheque, hasta tanto el cheque no se haga efectivo, el pago no se considerará realizado.
El trabajador tiene derecho al mínimo vital y no se requiere prueba documental que demuestre su afectación y corresponde al juez de tutela verificar si en el caso puesto bajo su conocimiento existe o no vulneración del mínimo vital. Para que el funcionario judicial llegue al convencimiento de que efectivamente se encuentra afectado el mínimo vital del peticionario por el incumplimiento en el pago de su salario, no se requiere que exista una prueba documental que demuestre en forma plena que no se tienen otros recursos o que la subsistencia del interesado o de su familia están afectadas. Basta, por ejemplo, que se aporten recibos donde consten las deudas contraídas, los pagos no realizados o las facturas de servicios públicos no canceladas. 
Respecto a pago de intereses por la mora en el pago de salarios la Corte se ha pronunciado en varias sentencias como: 
1.Sentencia T-418 de 1996
A juicio de la Corte, los obligados al pago de salarios, prestaciones y pensiones, en el Estado y en entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, tienen la obligación emanada de la Constitución Política, de establecer mecanismos aptos para el pago oportuno, cierto y completo de las sumas correspondientes en su totalidad, y tienen también a su cargo la obligación de reconocer intereses moratorios reales cuando incurran en mora en la cancelación de las mismas, aunque no haya sentencia judicial que así lo ordene.
Manifiesta la Corte que las sentencias judiciales que se profieran contra entidades públicas o privadas en las que se condene a los patronos, oficiales o particulares, deben ordenar la actualización de los valores que haya venido reteniendo el ente desde el momento en que el trabajador adquirió su derecho al pago hasta el instante en que éste se produzca efectivamente, y la cancelación de los intereses moratorios (desde el día siguiente a la terminación del periodo pactado) respectivos según tasas reales, sin perjuicio de los salarios caídos o de las sanciones que la ley consagre.
Aunque en la práctica nunca se pagan intereses moratorios por un retraso de una semana, un mes o hasta más, no quiere decir que el trabajador no tenga ese derecho, o que no pueda exigir su pago
2. Sentencia No. T-063/95 DERECHO AL PAGO OPORTUNO DEL SALARIO 
Para el trabajador, recibir el salario que debe ser proporcional a la cantidad y calidad del trabajo, como lo dispone el artículo 53 de la Constitución es un derecho inalienable de la persona y, por ende, el pago del mismo es una obligación del patrono, que debe cumplir de manera completa y oportuna, a satisfacción del trabajador y de conformidad con lo acordado. Cabe la acción de tutela, de manera excepcional, para obtener una orden de inmediato cumplimiento que obligue al patrono a cumplir con el pago del salario, hasta ahora no atendido con la eficiencia que exige el ordenamiento jurídico.
3. Sentencia No. T-613/95 SALARIO-Pago oportuno/DERECHO AL TRABAJO CONDICIONES DIGNAS Y JUSTAS
Uno de los derechos inalienables de los trabajadores es el de recibir el pago proporcional a la cantidad y calidad del trabajo desempeñado en forma oportuna; principio por cuyo cabal cumplimiento responde el empleador contra quien puede encaminarse la acción de tutela para lograr el efectivo respeto de la Constitución. La no cancelación o el pago tardío de los salarios de los trabajadores atentan contra el principio de que el trabajo debe desempeñarse en condiciones dignas y justas; lo cual es directa responsabilidad del patrono.