DERECHOS HUMANOS Y VIOLENCIA ESCOLAR
El artículo 44 de la Constitución Política de Colombia consagra, que son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos en la constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.
Mediante ley 12 de 1991 Colombia ratificó La Convención sobre los Derechos del Niño (se debe tener en cuenta que niño es toda persona menor de 18 años) adoptada por la ONU el 20 de noviembre de 1989. Y la constitución de 1991 adoptó los lineamientos de la convención otorgándoles un status superior frente a los derechos de los demás.
Es bien claro que la integridad de los niños en Colombia está protegida por las normas internacionales sobre derechos humanos, por la constitución y la ley, igualmente toda transgresión de estos derechos manifestados en cualquier tipo de violencia, sea: física, sexual, psicológica o moral, es plenamente sancionada independientemente del sujeto activo que la cometa.
La violencia escolar es la acción u omisión intencionadamente dañina que se ejerce entre miembros de de la comunidad educativa y que se produce en espacios físicos de la institución o en sus alrededores.
La violencia es un comportamiento deliberado, que ocasiona o puede ocasionar, diversos tipos de daños, bien físicos y psicológicos a otras personas.
La violencia se puede manifestar a través de agresiones físicas, psíquicas y psicológicas que pueden consistir en golpes, contusiones, empujones, bofetadas, arañazos y semejantes, realizadas en el cuerpo de las victimas, así como insultos, amenazas, humillaciones, vejaciones, ridiculizar frente a los demás y otras agresiones semejantes de naturaleza psíquica, psicológica y emocional, atentando contra la dignidad de la persona.
La violencia se puede ejercer desde la familia, entre los mismos estudiantes como el acoso escolar y el que se puede ocasionar por los rectores, coordinadores y docentes de una institución, entre los mismos docentes y rectores y coordinadores hacia los docentes en relación de superioridad jerárquica en el sentido de organización y no de servilismo o desconocimiento de los derechos fundamentales del otro (respeto como persona), para atribuirse el abuso de autoridad o acoso laboral.
También, no puede ocultarse la violencia que suele suceder entre los directivos docentes y docentes hacia los estudiantes que se manifiesta de diversas formas. Algunos ejemplos más comunes serían: Sancionar o culpar a todo un grupo por faltas cometidas por algunos estudiantes, pues se violaría el derecho a la defensa y el debido proceso; cuando al estudiante se le quitan casi que a la fuerza (ejerciendo violencia física) objetos no permitidos en clase (como teléfonos, espejos, cosméticos, etc.) en vez de solicitarle que lo guarden y hacerle el respectivo seguimiento; cuando se coacciona al estudiante a firmar registros u otro documento por supuesta culpa, olvidándonos que se ejerce violencia psicológica en vez de hacer el seguimiento escrito de no querer firmar; cuando se corrigen evaluaciones escritas y cuadernos antiestética y desproporcionadamente con letras pudiendo hacerlo como normalmente escribimos permitiendo observar la exacerbación de ánimo del docente en vez de dejar entrever su aplomo, ejerciendo así violencia moral que como prueba queda escrita en el cuaderno del estudiante; cuando se trata como NN al estudiante porque olvidó marcar su evaluación (Los NN hacen referencia a cadáveres sin identificación); cuando les arrugan las evaluaciones que olvidaron marcar y en su presencia se tiran al cesto de la basura, se ejerce violencia física y psicológica; cuando se les llama por código olvidándose que tienen derecho a un nombre; cuando se les coacciona para que participen en actividades económicas bajo amenaza de una mala nota o que tendrán clase mientras los demás participan de una actividad distinta a la académica (convirtiendo las clases como un castigo); cuando se programan los famosos Jean Day con cierta coacción para lograr la tarifa impuesta y también incitando a violar la norma que tanto se promueve; etc. Y son muchos los ejemplos de hostigamiento que atentarían contra los derechos de los niños como el vocabulario sucio (Gonorreítas hijueputicas). Ojo que todas estas conductas constituyen malos tratos y violencia que son castigadas por la ley.
Art. 1º Declaración de los derechos humanos: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en derechos.
La educación es un acto de comunicación, liberación y dignificación del SER HUMANO, no lo contrario.
No acepte ningún tipo de violencia, venga de donde provenga porque atenta contra la DIGNIDAD.