LA NO DISCRIMINACIÓN
DISCRIMINACIÓN:
Cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color,
sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que
tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el
empleo y la ocupación (OIT junio de 1958).
INTOLERANCIA:
Incapacidad para aceptar, respetar y guardar consideración hacia las opiniones
y prácticas de los demás, que se manifiesta de diversas formas: política,
económica, sexual, de salud, étnica, religiosa. En algunas ocasiones, mediante
la agresión verbal o física.
Cada cultura posee unas características
particulares y distintivas.
La Declaración Universal de los Derechos
Humanos fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París,
el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III), como
un ideal común para todos los pueblos y naciones. Establece, por primera vez,
los derechos humanos fundamentales que deben protegerse en el mundo entero.
En su Preámbulo Considera que la
libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de
la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los
miembros de la familia humana.
Considerando que el
desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de
barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha
proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un
mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten
de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial
que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de
que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la
tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo
de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los
pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos
fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en
la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a
promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto
más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han
comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones
Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales
del hombre, y Considerando que una concepción común de estos derechos y
libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
LA ASAMBLEA GENERAL proclama la presente DECLARACIÓN
UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS como ideal común por el que todos los pueblos y
naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las
instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la
enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren,
por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento
y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados
Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.
Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en
dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben
comportarse fraternalmente los unos con los otros.
Artículo 2. Toda persona tiene todos los
derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de
raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra
índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier
otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición
política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción
dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio
bajo administración fiduciaria, no autónoma o sometida a cualquier otra
limitación de soberanía.
Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al
reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin
distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual
protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra
toda provocación a tal discriminación.
Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni
desterrado.
Artículo 16. Los hombres y las
mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por
motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y
disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio
y en caso de disolución del matrimonio.
Artículo 19. Todo individuo
tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el
de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones
y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier
medio de expresión.
Artículo 26 1. Toda persona tiene
derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo
concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental
será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser
generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en
función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá
por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento
del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá
la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los
grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de
las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán
derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus
hijos.
CONSTITUCIÓN POLITICA
COLOMBIANA Y NO DISCRIMINACIÓN
Artículo 13. Todas las personas nacen
libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las
autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin
ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar,
lengua, religión, opinión política o filosófica. El Estado promoverá las
condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en
favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a
aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se
encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o
maltratos que contra ellas se cometan.
Artículo
14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad
jurídica.
Artículo 15. Todas las
personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre,
y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.
Artículo 43. La mujer y el hombre
tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a
ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará
de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio
alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada. El Estado apoyará
de manera especial a la mujer cabeza de familia.
A
los indígenas les concedió la mayoría de edad (antes eran tratados como
menores) y la posibilidad de acceder a la participación política. Hoy cuentan
con dos asientos en el Senado y uno en la Cámara de Representantes. También
recuperaron su lengua, su territorio y sus formas organizativas.
Además,
el artículo 55 transitorio estableció un tratamiento de discriminación positiva
para los afrocolombianos de la costa del Pacífico. Posteriormente, surgieron
normas que protegieron su derecho a la tierra, entre otras disposiciones que
salvaguardan sus costumbres.
¿Qué es la
discriminación? conducta social
llevada a cabo por Individuos, instituciones, organizaciones o cualquier actor
social, que produce y reproduce por acción u omisión ciertas desigualdades de
tipo económico, social,
laboral, afectivo o político, en contra de un cierto tipo de individuos, grupos
humanos o instituciones.
Es decir, que la discriminación consiste
en negarle a un individuo o grupo humano el acceso a ciertos derechos,
bienes o servicios, sin tener una razón justa para ello. Es un fenómeno social
que causa mucho malestar en quien lo padece y que empobrece el trato entre los
seres humanos, haciéndolo menos igualitario, menos democrático y por ende menos justo.
La discriminación suele ir de la
mano de la ignorancia, el prejuicio y otras razones subjetivas para
preferir injustamente a un sujeto o grupo humano antes que a otros. Desde
luego, no ocurre así cuando se tienen motivos concretos, individuales, para
rechazar a un individuo, sin por ello generalizar hacia todos lo que tengan su
misma condición social.
En el mundo existen numerosas
tradiciones, leyes, ideas, políticas y
prácticas discriminatorias, pero también muchas instituciones que luchan en su
contra en diversos países. La discriminación va en contra de la riqueza
propia de una humanidad plural y diversa, que acepte sus diferencias
en paz.
Tipos de
discriminación una primera clasificación
de la discriminación tiene que ver con la discriminación
directa, o sea, aquella que activamente agrede o segrega al otro; y la discriminación indirecta, que es
subterránea, discreta, invisible, pero opera igualmente, aunque sea más difícil
de percibir. Ambas son igualmente nocivas.
Otra clasificación atiende a los motivos
en los que la discriminación se sustenta, y que pueden ser:
La
discriminación estructural Hace referencia a la
discriminación que surge de las políticas institucionales que favorecen
directa o indirectamente a algunos individuos y perjudican a otros. Aunque las
políticas de las instituciones deben ser justas para todos, esto no siempre es
así.
Discriminación
negativa
La persona que es víctima de la discriminación es
tratada de manera discriminada y perjudicial. Por ejemplo, al
no dejar a los minusválidos acceder a ver un partido de fútbol.
Discriminación
positiva
La discriminación positiva es aquella en la que se
ayuda a un colectivo desfavorecido para conseguir la equidad. Por ejemplo, con una nota diferente
en un examen físico de una oposición. Este tipo de discriminación es
instrumental, es decir, persigue el objetivo de subsanar un agravio histórico
hacia un colectivo determinado. Sin embargo, también es motivo de controversia
y debate social.
Discriminación por maternidad. surge en el entorno laboral, pues hace referencia a tratar a una mujer de manera diferente (ya sea empleada o demandante de trabajo) por la posibilidad de tener hijos. Existe una ley que prohíbe este tipo de conducta discriminativa.
Discriminación sexual o de género.
Ocurre cuando se rechaza a una persona debido a su sexo, su elección sexual u
otros comportamientos íntimos. Es muy usual que ocurra contra las mujeres, los
homosexuales o los transexuales.
Discriminación religiosa. De manera similar,
alude a motivos de práctica religiosa o credo para discriminar a alguien. Puede
tratarse de rechazo a quienes practican una religión determinada, o por el
contrario, rechazo a quienes no practiquen una religión determinada.
Racismo La discriminación basada
en motivos de etnia, raza o color de la piel, generalmente ejercida en
Occidente a favor de la raza blanca (caucásica), pero también puede ocurrir en
cualquier otro sentido.
Es toda teoría que
impone una superioridad o inferioridad intrínseca de grupos raciales o étnicos
que da a algunos el derecho de dominar o eliminar a los demás, presuntos
inferiores, o que haga juicios de valor basados en una diferencia racial
(Declaración de la UNESCO).
El concepto de raza
se hizo popular en el siglo XVIII a través de las obras del francés Buffón y
del sueco Linneo, este realizó la primera clasificación y descripción racial y
posteriormente Gobineau basado en las afirmaciones de los dos anteriores, expresó
que existían razas puras y fuertes de origen ario, encarnadas en los germanos
que habitaban Gran Bretaña, Francia y Bélgica, y razas impuras y débiles
producto de la mezcla de las razas negras y amarilla. Las primeras destinadas a
mandar y las segundas condenadas a obedecer. También considero a los semitas y
judíos como una raza degradada física, moral y culturalmente.
Discriminación transgénero Es la discriminación que sufren aquellos individuos que viven un rol de
género que no concuerda con su sexo biológico. Por ejemplo, los transexuales. Esta
forma de discriminación es conocida también como 'transfobia'
Discriminación por ideología política Ocurre cuando un individuo o grupo de individuos reciben un trato
desfavorable por
no compartir las ideas políticas con la sociedad en la que vive. Esto puede
generar desde marginación social hasta represión, como ocurrió durante el
Franquismo con miles de comunistas y anarquistas españoles
Xenofobia. La aversión por las
personas de otra nacionalidad, o provenientes de otras culturas o regiones.
Puede darse incluso entre personas de una misma nacionalidad, según regiones
culturales o provincias.
Discriminación por discapacidad. Está dirigida hacia las
personas que padecen algún tipo de discapacidad, ya sea física o de otro tipo,
percibiéndolas como personas incompletas o incapaces.
Causas de la
discriminación
Muchas pueden ser heredadas de generaciones previas, inscritas en la
cultura local como algún tipo de enemistad ancestral o de rechazo
histórico. En otros casos radican
en experiencias personales negativas, que en lugar de resolverse
permanecen y se transmiten bajo la forma del prejuicio.
Segregación. Conjunto de hechos simbólicos y concretos,
expuestos en políticas oficiales de gobierno con el propósito de mantener a
distancia a cierto grupo social, es decir, es el aislamiento espacial y físico
de un grupo.
Entre los casos más
notables sobre segregación tenemos: el apartheid de Sudáfrica, los guetos de la
Alemania Nazi, la discriminación de la población negra en Estados Unidos,
segregación en contra de los gitanos, los homosexuales, los enfermos de SIDA,
los drogadictos
Consecuencias
de la discriminación
El dolor, la molestia, la rabia, de parte
de la persona que padece la injusticia. Eso puede no parecer mucho, pero a la
larga, las actitudes discriminatorias engendran su contrapartida, devolviéndose
como un búmeran contra quien la ejerce.
En algunos casos, las personas
discriminadas tienden a resentirse y recordar quiénes las discriminaron,
pudiendo a su vez pasar luego al rol de discriminador en venganza, perpetuando
así el ciclo nocivo de la discriminación.
Ejemplos de
discriminación Si las
mujeres ganan menos que los hombres por el mismo trabajo.
Lo mismo un extranjero al que le niegan un cargo para el que está
preparado, para dárselo a un local que no tiene las mismas competencias.
También está siendo discriminada una
persona de una etnia determinada a la que se le niega el ingreso a un bar a un establecimiento comercial por
ser diferente, o una pareja homosexual a la que se le pide que se
retiren de un establecimiento simplemente por su preferencia sexual, como si fueran clientes de segunda mano.
Todo ello son formas de agresión injusta,
que sirven de ejemplo de discriminación, y que ocurren a diario en muchos
países.
Ejercicio
1. Escriba 5 aspectos
que lo hagan diferente frente a otra persona
2. Seleccione dos culturas y mencione
cinco características que las diferencian.
3. ¿Consideras que
existen las razas humanas o el racismo, por qué?
4. Represente
gráficamente los tipos de personas existentes.
5. Mencione algunas formas actuales de
esclavitud.
6.
Represente gráficamente la división política de cada uno de los continentes