martes, 27 de agosto de 2013

VIOLENCIA ESCOLAR


lunes, 21 de marzo de 2011

CANCIÓN

http://www.youtube.com/watch?v=q7ZY2agoVaw


LOS ESCRITOS DE VELAIDES

DERECHOS HUMANOS Y VIOLENCIA ESCOLAR
El artículo 44 de la Constitución Política de Colombia consagra, que son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos en la constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia. 
Mediante ley 12 de 1991 Colombia ratificó La Convención sobre los Derechos del Niño (se debe tener en cuenta que niño es toda persona menor de 18 años) adoptada por la ONU el 20 de noviembre de 1989. Y la constitución de 1991 adoptó los lineamientos de la convención otorgándoles un status superior frente a los derechos de los demás.
Es bien claro que la integridad de los niños en Colombia está protegida por las normas internacionales sobre derechos humanos, por la constitución y la ley, igualmente toda transgresión de estos derechos manifestados en cualquier tipo de violencia, sea: física, sexual, psicológica o moral, es plenamente sancionada independientemente del sujeto activo que la cometa.
La violencia escolar es la acción u omisión intencionadamente dañina que se ejerce entre miembros de de la comunidad educativa y que se produce en espacios físicos de la institución o en sus alrededores. 
La violencia es un comportamiento deliberado, que ocasiona o puede ocasionar, diversos tipos de daños, bien físicos y psicológicos a otras personas.
La violencia se puede manifestar a través de agresiones físicas, psíquicas y psicológicas que pueden consistir en golpes, contusiones, empujones, bofetadas, arañazos y semejantes, realizadas en el cuerpo de las victimas, así como insultos, amenazas, humillaciones, vejaciones, ridiculizar frente a los demás y otras agresiones semejantes de naturaleza psíquica, psicológica y emocional, atentando contra la dignidad de la persona.
La violencia se puede ejercer desde la familia, entre los mismos estudiantes como el acoso escolar y el que se puede ocasionar por los rectores, coordinadores y docentes de una institución, entre los mismos docentes y rectores y coordinadores hacia los docentes en relación de superioridad jerárquica en el sentido de organización y no de servilismo o desconocimiento de los derechos fundamentales del otro (respeto como persona), para atribuirse el abuso de autoridad o acoso laboral. 
También, no puede ocultarse la violencia que suele suceder entre los directivos docentes y docentes hacia los estudiantes que se manifiesta de diversas formas. Algunos ejemplos más comunes serían: Sancionar o culpar a todo un grupo por faltas cometidas por algunos estudiantes, pues se violaría el derecho a la defensa y el debido proceso; cuando al estudiante se le quitan casi que a la fuerza (ejerciendo violencia física) objetos no permitidos en clase (como teléfonos, espejos, cosméticos, etc.) en vez de solicitarle que lo guarden y hacerle el respectivo seguimiento; cuando se coacciona al estudiante a firmar registros u otro documento por supuesta culpa, olvidándonos que se ejerce violencia psicológica en vez de hacer el seguimiento escrito de no querer firmar; cuando se corrigen evaluaciones escritas y cuadernos antiestética y desproporcionadamente con letras pudiendo hacerlo como normalmente escribimos permitiendo observar la exacerbación de ánimo del docente en vez de dejar entrever su aplomo, ejerciendo así violencia moral que como prueba queda escrita en el cuaderno del estudiante; cuando se trata como NN al estudiante porque olvidó marcar su evaluación (Los NN hacen referencia a cadáveres sin identificación); cuando les arrugan las evaluaciones que olvidaron marcar y en su presencia se tiran al cesto de la basura, se ejerce violencia física y psicológica; cuando se les llama por código olvidándose que tienen derecho a un nombre; cuando se les coacciona para que participen en actividades económicas bajo amenaza de una mala nota o que tendrán clase mientras los demás participan de una actividad distinta a la académica (convirtiendo las clases como un castigo); cuando se programan los famosos Jean Day con cierta coacción para lograr la tarifa impuesta y también incitando a violar la norma que tanto se promueve; etc. Y son muchos los ejemplos de hostigamiento que atentarían contra los derechos de los niños como el vocabulario sucio (Gonorreítas hijueputicas). Ojo que todas estas conductas constituyen malos tratos y violencia que son castigadas por la ley.
Art. 1º Declaración de los derechos humanos: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en derechos.
La educación es un acto de comunicación, liberación y dignificación del SER HUMANO, no lo contrario.
No acepte ningún tipo de violencia, venga de donde provenga porque atenta contra la DIGNIDAD.
Ramón Velaides Jaimes

VER VÍDEO EN ESTE ENLACE: http://www.youtube.com/watch?v=u5651tdwyXo

EVOLUCION CONSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS


sábado, 23 de octubre de 2010


LOS ESCRITOS DE VELAIDES




EVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA PRIMERAS MANIFESTACIONES DE LOS DERECHOS HUAMNOS EN COLOMBIA


1. LA INSURRECCION COMUNERA: acontecida el 16 de marzo de 1781, en Villa del Socorro, cuando el edicto de los impuestos fue despedazado por Manuela Beltrán. Los insurrectos reconocieron facultad a Juan Francisco Berbeo para representarlos y dirigirlos y de esa forma firmar las capitulaciones con el español Antonio Caballero y Góngora. El virrey Flórez no reconoció el acuerdo y la horca fue el final de este movimiento.


VER VIDEO:  http://vimeo.com/10235223

2. LA TRADUCCION DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE: Antonio Nariño fue el autor de este trabajo, quien lo tomó de la obra denominada historia de la revolución de 1789 y del establecimiento de una constitución francesa que le fue dada en préstamo por el capitán de caballería Cayetano Ramírez de Arellano y se propuso traducirlo en lengua castellana e imprimir 200 ejemplares. El primero de sus artículos declaraba: “Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Por este hecho Nariño fue condenado a 10 años de prisión.


3. EL MEMORIAL DE AGAVIOS: Escrito por Camilo Torres, en este documento reclama justicia e igualdad para los americanos.
Estas manifestaciones culminaron con el acta de independencia del 20 de julio de 1810. Que indudablemente constituye el comienzo del constitucionalismo colombiano (Evolución Constitucional colombiana).

VER VÍDEO:  http://vimeo.com/10235223

RECONOCIMENTO DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA EVOLUCION CONSTITUCIONAL COLOMBIANA

1. 15 de agosto de 1810: Acta de la Constitución del Estado Libre e Independiente del Socorro.
“Nadie será molestado en su persona o en su propiedad sino por la ley.”

2. 4 de abril de 1811: Constitución de Cundinamarca.
“Los derechos del hombre en sociedad son igualdad y libertad legales, la seguridad y la propiedad”.

3. 9 de diciembre de 1811: Constitución de la República de Tunja.
Regula los derechos y deberes del hombre en sociedad.

4. 21 de marzo de 1812: Constitución del Estado de Antioquia:
En la sección segunda contenía los derechos y deberes del hombre en sociedad.

5, 15 de junio de 1812: Constitución del Estado de Cartagena de Indias.
Contiene la misma regulación.

6. 21 de junio de 1815: Constitución del Estado de Mariquita.
Trata de la declaración de los derechos de los habitantes de la república de Mariquita 

7. 29 de febrero de 1832: Constitución del Estado de Nueva Granada.
Derecho a no ser detenido sino por orden de autoridad competente.

8. 20 de abril de 1843: Constitución de Nueva Granada.

9. 20 de mayo de 1853 Constitución de Nueva Granada
Garantiza la libertad individual, en su artículo 6 estipula: “Que no hay ni habrá esclavos en la Nueva Granada”.

10. 22 de mayo de 1858 Constitución política Para la Confederación Granadina, en su capitulo V consagró los derechos individuales.

11. 8 de mayo de 1863 Constitución de los Estados Unidos de Colombia, en su sección II trata de la garantía de los derechos individuales, consagrando dichos derechos en su artículo 15.

12. 4 de agosto de 1886 Constitución de la República de Colombia, en su artículo III consagró los derechos civiles y las garantías sociales. Estableció entre otros derechos: Artículo 22 “No habrá esclavos en Colombia”.
“El que, siendo esclavo, pise el territorio de la república, quedará libre”.

Artículo 30 “No habrá pena de muerte”

Artículo 40 “Es permitido el ejercicio de todos los cultos”

Artículo 45 “Derecho a presentar peticiones respetuosas ante las autoridades”

Artículo 46 “Toda parte del pueblo puede reunirse o congregarse pacíficamente”
Esta constitución fue modificada por los actos legislativos de: 1910, 1936, 1945, por la reforma constitucional aprobada por el plebiscito del primero de diciembre de 1957 que en su artículo primero, dispuso que “las mujeres tendrán los mismos derechos políticos de los hombres”, acto legislativo número 1 de 1968.

Esta constitución perdió su vigencia en 1991 cuando se promulgó la actual constitución, producto de una asamblea nacional constituyente.
La actual constitución consagra los derechos humanos: determinados como: derechos fundamentales, derechos económicos sociales y culturales y derechos del medio ambiente o colectivos.
La constitución del 91 se fundamenta en la DIGNIDAD HUMANA.
Uno de sus aspectos más relevantes fue la consagración en su artículo 86 de la ACCION DE TUTELA, que permite reclamar ante las autoridades el cumplimiento del respeto de los DERECHOS FUNDAMENTALES. 
También estableció LAS ACCIONES DE GRUPO O POPULARES para hacer efectivo el respeto de los derechos colectivos. 
Debe hacerse un pare en todas estas facultades que son consustanciales o inherentes al ser humano, a su dignidad, que les son propias por el solo hecho de su existencia y que deben y tienen que ser reconocidas por cada estado, por cada gobierno como un imperativo de obligatorio cumplimiento y de la misma forma los gobiernos legítimamente instituidos son los garantes de respetarlos y hacerlos respetar sin ninguna condición de por medio más que su legitimidad y legalidad dentro del único fundamento del aval del constituyente primario.
Debe reflexionarse por un momento, si quienes son legitimados por el constituyente primario, para los cargos de gobierno, para los órganos legislativos y judiciales cumplen con esos mandatos. Porque a mi parecer los DERECHOS HUMANOS en sus diversas presentaciones, no son bondades del poder, sino imperativos de obligatorio cumplimiento, que cada asociado del estado debe exigir.
Solo un ejemplo basta mencionar en nuestro territorio para observar el alcance del cumplimiento de los derechos en mención: La satisfacción de las necesidades primarias de la mayoría de la población con la compra de los servicios públicos, cada vez más inaccesibles, donde las empresas cada vez son más abusivas con el mísero presupuesto de la mayoría amparadas en una ley de servicios públicos a su absoluta decisión; el abuso del sistema financiero con el salario de los trabajadores con el cobro de las transacciones y dejar pasar el cuatro por mil para proteger este mismo sistema y dizque los pobres no producen riqueza, qué tal, los pobres subsidiando a los que todo lo tienen. Al fin los escritores bíblicos tienen razón “Al que tiene se le dará, pero al que no tiene, aunque lo que tenga, se le quitará” 
LOS DERECHOS HUMANOS, SON DERECHOS, NO SON DADIVAS NI BONDADES DE QUIENES ELEGIMOS PARA QUE DESARROLLEN POLITICAS PARA EL INTERES COMUN Y NO PARA EL BENEFICIO PARTICULAR.
Ramón Velaides Jaimes

GRAMALOTE


domingo, 23 de enero de 2011


LOS ESCRITOS DE VELAIDES

SENTIMIENTOS Y DERECHOS HUMANOS
Hace ya varios días que la lluvia hizo una tregua, un pare, un alto; permitiendo que periodistas, medios de comunicación, entes gubernamentales y sobre todo a culebrera y bufones comprobaran que esos lugares abandonados por sus moradores para su sobrevivencia, no son lagos ni lagunas fantasmales ni encantadas, ni mucho menos de ciencia fisión, sino que son viviendas reales, que tienen población real y verdaderamente humana, que lo poco o mucho que poseían lo perdieron; que hoy regresan a esas casas convertidas en trampas mortales.
Las campañas, las ayudas nacionales e internacionales, las teletones, las acciones gubernamentales y todo lo demás que se desarrollaba en medio de los embates de la lluvia, de las lágrimas, del dolor, de los que perecieron y que mientras los medios de comunicación durante todo el tiempo que nos castigó la lluvia, hicieron de esa tragedia humana un solo corazón dizque para despertar la solidaridad y sensibilidad social mientras que otros inhumanos y energúmenos, posiblemente se asociaban para hacer del dolor común un festín, para continuar en el arte de la corrupción vulnerando los derechos humanos.
Según los medios de comunicación, recursos por cantidades se recogieron para la satisfacción, el gobierno anunció muchas medidas en medio de su alocución y la emergencia económica y social decretada fue la solución, algunos entes como las corporaciones autónomas se encuentran en observación .Basta esperar que todo esto no se quede ahí y como dice la canción palabras, palabras, palabras, tan solo palabras hay entre los dos.
Pero, qué será de los pobres damnificados que hacinados, todavía se encuentran en los centros educativos y otros sitios convertidos en albergues, de aquellos que deambulan por las calles de algunas ciudades, de aquellos que posiblemente después de ser azotados por la lluvia ahora serán maltratados por la fuerza pública porque empiezan a protestar, porque los recursos de las diversas donaciones serán gastados en estudios de factibilidad para poder realizar las construcciones etc., de pronto les sucede lo de los damnificados de Popayán, de Armero, de Armenia entre otros que todavía están esperando o como diría el Nobel Crónicas de una… y se les vulnere sus derechos fundamentales.
Esperemos que aquellos energúmenos que se deleitan del dolor humano, de la miseria humana, no hagan realidad sus instintivas e intestinas intenciones que como buenos depredadores su olfato no les permita percibir la delicia de su propia pobreza humana y que las autoridades legítimamente constituidas no caigan en su trampa y los aniquilen certeramente. Porque imagino que detrás del sufrimiento en Colombia y en concreto en la sufrida población de Gramalote habrá este tipo de especímenes con ansias de formar dizque ASOCIACIONES esta vez por Gramalote. Aquí lo que debe formarse es un frente común O VEEDURIAS CIUDADANAS para que los recursos se gasten verdaderamente en la satisfacción de aquellos que todo lo perdieron y de una vez por todas cazar a los vampiros de este departamento para que la estaca se la claven certeramente y los castiguen POLITICAMENTE de por vida a ellos y a su descendencia.
“YA SE ACERCAN LAS ELECCIONES, OTRA VEZ, OTRA VEZ”
Ramón Velaides Jaimes.

UN CANTO A LA VIDA


miércoles, 13 de octubre de 2010


LOS ESCRITOS DE VELAIDES




UN CANTO A LA VIDA- UN NO, A LA MUERTE Y A LA OPRESION
Hoy, Chile es el centro de atención mundial, el júbilo de propios y extraños, sobre un nuevo renacer en América… Latina particularmente; júbilo, no solo de los chilenos sino de todos los seres humanos que habitan este prodigioso e envidiable planeta, reciben una nueva bendición directamente del creador, parece ser que en los treinta y tres catalépticos mineros se hace reminiscencia a hechos bíblicos como: la resurrección de Lázaro, el día de pentecostés y la muerte de Jesús para disfrutar de una nueva vida al resucitar al tercer día, entre otros. Es un júbilo que permite vislumbrar un presagio netamente humano, antropocéntrico ciento por ciento, libre de opresión.
Hace más de sesenta días de haber sido preñada la tierra por quienes contra ella atentaban, producto de sus necesidades, se le venían practicando ecografías para seguir el desarrollo de sus especiales hijos, llenos de alma, corazón y vida, contrario a lo que diariamente le hacen parir para destruirla gradualmente y cuando la madre tierra acoge en sus entrañas a un humano es porque yace sin vida. Y Con la primera cesárea de vida a la madre tierra, esta da a luz a su primer hijo humano y así sucesivamente hasta que vea parir el último de sus treinta y tres hijos de su parto múltiple. Algo paradójico es de no olvidar que los hijos de la tierra traen la vida y la esperanza en un territorio, árido o desértico, como presagiando la oposición a la opresión y a la muerte a la que la mayoría de países de América y demás países pobres de la tierra han sido sometidos inmisericordemente por sistemas totalitarios llamase de izquierda o de derecha amparados en la etiqueta de la democracia, por sistemas dizque monárquicos en este época, por grupos ilegalmente armados y como si fuera poco con ayuda de sus tentáculos como la corrupción y el crimen organizado disfrazados de ángeles divinos pero sin aureola: El nacimiento de los hijos de la tierra son el símbolo de la dignidad y el canto a la vida que hoy reclama quienes legitiman el poder.
En torno al parto múltiple de nuestra madre tierra, nace la esperanza y se anula por instantes la zozobra a la que gobernantes someten a sus gobernados, mientras ellos y sus cercanos se pudren en la abundancia. Que para los chilenos y para las naciones de América y la tierra en su conjunto, no se quede hoy en todas esas manifestaciones pasajeras de júbilo y después de unos días todo en nuestra razones vuelve a la normalidad y la inconsciencia y el olvido nos inunde hasta los tuétanos y nos haga repetir la historia triste y miserable de las que hemos sido victimas de sínicos embaucadores que descaradamente vuelven a ofrecer lo mismo en cada jornada electorera durante siglos y para Colombia ya estamos próximos de un nuevo engaño por los mismos individuos y grupos históricos.
Con el parto de los hijos de la tierra, sus familiares, autoridades, gobernantes, periodistas, etc. se reunieron no para rememorar al dictador Augusto Pinochet deshonra de lo divino y vergüenza del propio demonio sino para cantar a la vida, a la esperanza y gritar un infinito no a la opresión.
Cuando la tierra parió a estos hijos, sus familiares y demás se abrazaron a los recién nacidos, no para ampararse del miedo que producía el ruido de tanques y aviones de guerra, el olor a pólvora y el estruendo de bombas junto con su estela de humo, destrucción y opresión, sino, para festejar la vida por medio del humo de la alegría que produce la pólvora inofensiva y su ruido y el estruendo retumba de bienvenida.
Cuando de los ojos de los familiares, extraños y humanos de la tierra de los recién nacidos brotaron lágrimas, nacieron ríos y mares puros y diáfanos para calmar la sed de justicia de los ríos enrojecidos de miles de chilenos y de otros tantos miles que posiblemente lo único que se encuentre será el cemento puesto en sus pies para embaldosar el fondo del mar. En esta ocasión son ríos y mares de lágrimas para nadar en contra de la muerte y la opresión del dictador y exterminador del pueblo chileno de 1973 hasta 1989 Augusto Pinochet, que dudo de su descanso eterno. Y pensar que un nobel hizo honor al dictador. Pero esos ríos y mares de familiares, no familiares, humanos de la tierra y de los propios hijos de la tierra también inundan el territorio colombiano y toda América.
Viva la vida, no a los sistemas totalitarios vengan de donde provengan con la etiqueta de democracia.
Ramón Velaides Jaimes 13 de octubre de 2010.

jueves, 15 de agosto de 2013

DOCENTES: Y LEY MARÍA

RAMÓN VELAIDES JAIMES


La ley María contemplada en el artículo 34 de la ley 50 de 1990 y fue modificada por la ley 755 de 2002. Es una licencia remunerada que se le concede al trabajador al nacimiento de un hijo.

Por decisión de la Corte Constitucional, mediante sentencia C-174 de 2009, la licencia de paternidad será de ocho (8) días, no importa si ambos padres están cotizando a la seguridad social o si solo el padre lo hace.


  1. La licencia de paternidad solo opera para los hijos nacidos de la cónyuge o de la
  2. compañera permanente. En éste último caso se requerirán dos (2) años de convivencia, requisito derogado por la Corte en el 2003.

  3. La ley dejó también establecido que no se descontarán de los 84 días remunerados que tiene la madre los ocho días a que tiene derecho el padre, como al comienzo se había diagramado. De esta manera cada cual gozará de su licencia remunerada de manera individual.

  4. Así mismo, el padre solo debe demostrar que ha cotizado durante el periodo de gestación, que por lo general es de treinta y seis (36) semanas (9 meses). Esto gracias a que la Corte Constitucional, en sentencia C-633 de 2009, declaró inexequible la exigencia de cien (100) semanas que hiciera la Ley 755 de 2002 en su Artículo 1.

  5. Se debe presentar el registro civil de nacimiento ante la EPS dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha del nacimiento del menor. No está por demás aclarar que como quiera que el Parágrafo del Artículo 236 fue modificado, la esposa o compañera permanente gozará de las doce (12) semanas de licencia de maternidad lo que significa que ya no opera la cesión de una semana como así lo expresaba la norma. 

Los principales requisitos para obtener el derecho a la Licencia de Paternidad son:
1. haber cotizado 36 semanas ininterrumpidas previo al parto
2. y  presentar el  registro civil del recién nacido dentro de los primeros 30 días.
No se requiere la convivencia de dos años, ya que se adquiere el derecho por el hecho de ser padre. 

Con respecto a la maternidad en la ley 100 se prescribió “El régimen contributivo conocerá y pagará a cada una de las promotoras de salud las licencias por maternidad de conformidad con las disposiciones legales vigentes”. Estas disposiciones se aplican tanto al sector público como al privado. Esta norma establece que la trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia remunerada de doce semanas en la época del parto, y la remuneración debe hacerse con relación al salario que devengue la trabajadora.


Como antecedente, el padre del recién nacido fue considerado por la legislación en el año 1990, la Ley 50 estableció que la parturienta podía reducir a once semanas su licencia cediéndole una  semana, de las doce que en principio se le otorgaban, a su esposo, para que la ayude en el cuidado del bebé. Así el esposo deberá solicitar la licencia a su empleador, aportando como prueba la licencia de maternidad de su cónyuge y sustentándola jurídicamente. Posteriormente con la sanción de la ley 755 se mejoró lo contemplado en la ley 50, a partir de ahora la trabajadora embarazada tiene derecho a las doce semanas de licencia y su esposo tendrá derecho a una licencia por paternidad.

El pago de la licencia corresponde que lo realice el Sistema de Seguridad Social, las EPS. Si el padre no está afiliado a la seguridad social en salud la obligación del pago la debe hacer el empleador.

La Corte Constitucional mediante sentencia C-174 de 2009 consideró que en cualquier caso la licencia de paternidad será de ocho días.

martes, 30 de julio de 2013

SINDICALISMO: SINDICATOS PATRONALISTAS


RAMÓN VELAIDES 

SINDICATOS PATRONALISTAS

Razón tienen aquellos politólogos derechistas cuando afirman que a los sindicatos no los  acaban los gobernantes, sino que ellos mismos se acaban. Cuando Hugo Chávez llegó a la presidencia, una de sus expresiones fue: “Hay que acabar con la mafia sindical” refiriéndose al sindicato de PDVESA; al parecer el ex presidente Álvaro Uribe  expresó: “ El sindicalismo por si solo se acaba”; Los  dueños del capital y del poder afirman que los sindicatos son los que acaban con las empresas, expresión que muchos asalariados  inconscientes repiten mecánicamente; hoy con gran afrenta a la clase trabajadora existe el sindicato antioqueño, pero, no de trabajadores;  como si fuera poco, el nazismo hitleriano y el fascismo de Mussolini, confundieron a poderosos y débiles, a opresores y oprimidos en una sola masa, los primeros como depredadores de la gran mayoría que estos individuos disfrazados de dirigentes sindicales  vienen practicando en nuestra ciudad, no desde ahora, sino desde hace aproximadamente, algo más de diez años, el que denomino SINDICALISMO PATRONALISTA, que como hábiles demagogos, culebreros, oportunistas o como se les quiera llamar, juegan con los sentimientos y reivindicaciones salariales y profesionales de los trabajadores. Convirtiéndose en verdaderos gobiernistas, qué giro verdad, y cómplices creo que pasivos de la violación de los derechos fundamentales.

Falsos dirigentes que no diferencian entre la confianza y necesidades colectivas a la satisfacción individual o particular, importándoles un bledo la confianza pública depositada en ellos. Solo basta con recordar las últimas campañas o empresas politiqueras en la política tradicional, donde estos falsos dirigentes sindicales se confundían con candidatos tradicionales en un supuesto acuerdo programático, lógicamente dirigido hacia un único fin, como en el verso de los mosqueteros pero al revés, todos para uno.

Dirigentes que desconocen cualquier código de ética y moral sindical, que denigran  la verdadera filosofía sindical y la lucha de clase entre patronos y trabajadores, eliminando así derechos laborales y pauperizando a los trabajadores, es decir cercenando de tajo la dignidad de las personas. Y no es para vivir de desesperanzas pero es bueno rememorar que varios de nuestros dirigentes sindicales actuales y su luminosa estela, se empeñaron en la tarea de adelantarse a la privatización del  régimen de seguridad social o ley 100 cuando pasaron en ese entonces escuela por escuela, colegio por colegio promocionando una de las actuales EPS que nos prestan los servicios.

Basta esperar que no se cumpla el adagio: “No hay peor verdugo que aquel que combatió al mal gobernante se haga su cómplice”, porque en cuanto hace referencia a la base, ya se cumplieron  aquellos que expresaban las abuelas: “Vinieron por lana y salieron trasquilados” “o el tiro le salió por la culata”.
Solo el tiempo dará la razón y cuando el nuevo secretario de educación deba firmar los actos administrativos de: reubicaciones, fusiones expresado por el alcalde, no cumplimiento de pago de deudas pendientes, nombramiento de personal administrativo, reparaciones locativas, pago de salarios y se firme el acto administrativo de luz verde a los mega colegios o privatización de la educación y aún sobren más docentes a los que hay que trasladar; nos demos por bien o mal servidos, posiblemente en el ocaso del sindicalismo y la bandera de la defensa de la educación pública caiga sin vergüenza alguna, culpa de los falsos dirigentes que como parásitos nos aprovecharon y fulminantemente  nos aniquilaron. Ud. Y solo Ud., decide. No hay que olvidar que vivimos en un estado social de derecho que garantiza el cumplimiento de nuestros Derechos Fundamentales, que no se deben mendigar sino exigir.

Ramón Velaides Jaimes
Enero 12 de 2012

DOCENTES: E INSTITUCIONES EDUCATIVAS BUENAS Y MALAS


RAMON VELAIDES

INSTITUCIONES EDUCATIVAS BUENAS Y MALAS
Como consecuencia de los resultados cuantitativos de las pruebas de estado es innegable e inocultable para la comunidad en general identificar con nombre propio cada una de estas instituciones, por supuesto, orgullo para quienes de una u otra forma están vinculados a estas, y ni pensar  de la administración municipal y departamental, si estas  quedaron bien posicionadas nacionalmente, porque justificarán que los recursos provenientes del SGP fueron bien invertidos en unas cuantas instituciones, aunque se vulneren principios como universalización y equidad en la distribución de tales recursos y de pronto no se ajusten a los criterios establecidos por la Ley 715 de 2001 en lo que al asunto se refiere y como consecuencia las demás instituciones sean sacrificadas y rotuladas como  instituciones educativas de mala calidad; aunque prime el interés particular sobre el interés general en contravía de la constitución.
Muchas felicitaciones a estas instituciones y ojala socialicen las estrategias y prácticas pedagógicas.

No puede pasarse inadvertido que las instituciones con educación de calidad, hoy conocidas por todos gozan de unos privilegios frente a las demás instituciones que no lograron el umbral cuantitativo en los resultados de las pruebas saber, porque independientemente de los números y las estadísticas, las políticas de las pruebas de estado tienden hacia la competencia del mercado, eliminando de  tajo las desigualdades socioeconómicas y ciernen con el mismo cedazo a los menores estudiantes; exigiendo a unas y otras los mismos resultados y justificar más adelante la entrega de la educación pública a operadores particulares, es decir, la privatización de la educación (Monopolio económico particular con recursos públicos sin redistribución social). En este sentido se tiende hacia la desaparición del estado frente a sus asociados, que reclamarán a los particulares el reconocimiento de sus derechos y la respuesta será la represión brutal de la fuerza pública al servicio de los intereses particulares.

En la premeditada y energúmena meta de calidad propuesta por la élite mercantil, cabe resaltar solo para la reflexión algunas diferencias entre instituciones educativas con educación de calidad y aquellas que no lo son. Diferencias como: 1. Muchos de los estudiantes de instituciones que no son de calidad proceden de núcleos familiares desintegrados; primero tienen que ocuparse laboralmente para satisfacer sus necesidades primarias y luego somnolientos, medio famélicos y cansados, deben asistir a clases y a los jóvenes que no laboran se les debe invertir demasiado tiempo para formarlos en valores, convivencia social y amor por el estudio, aspectos que no suceden en las instituciones de calidad porque con la menor falta en que incurra el estudiante se le observa la matricula y en la próxima falta se entrega, es decir, se le cancela la matrícula, lo mismo, si no cumple con sus deberes como estudiante.
2. Algunas instituciones públicas con calidad discriminan al estudiante de escasos recursos, no permitiendo su acceso porque además de tener planta docente oficial, cobran arrendamiento por su excelente planta física y costos educativos en algunos casos superiores a 200.000 pesos que los disfrazan como asociación de padres, colaboración, sistemas, papelería etc., y uno que otro bono voluntario de carácter obligatorio con valor superior a 50.000 pesos, cuotas y contribuciones totalmente prohibidas. También coaccionan a comprar textos escolares, materiales y  uniformes costosos porque el uniforme oficial para ellos no es obligatorio. Todo lo anterior prohibido en los colegios de mala calidad.
3. Las instituciones de calidad invierten grandes sumas de dinero que sufragan estudiantes y otras entidades para prepararlos única y exclusivamente para las pruebas de estado, ¡ah¡ y algunas seleccionan que estudiantes no presentan las pruebas por el colegio dizque para no perder la calidad y no sobra recordar la coacción que ejercen para que los estudiantes costeen el curso de inglés de carácter obligatorio con determinada institución. Mientras a las otras instituciones se les prohíbe pedirles hasta para una fotocopia por eso de la gratuidad.
4. Imagínense la inauguración obligatoria de los juegos inter-clase con coliseo a bordo y boletas con valor superior a 5.000 pesos de las instituciones con calidad, mientras en las otras, ni siquiera un balón tienen.  

Las instituciones con calidad cuentan con aulas: audio visuales, virtuales, bibliotecas, etc., y los estudiantes llevan tabletas digitales, al paso que las otras instituciones en verdad cuentan con estas ayudas pero verdaderamente virtuales.  La tecnología al servicio del hombre y no lo contrario.
Y no sigo reflexionando sobre la calidad de las instituciones porque como dice el adagio: “El sol no se puede tapar con un dedo”  Son tantos los abusos y las desigualdades socioeconómicas que todo el mundo las sabe, pero los únicos que lo desconocen son los entes de control y las propias administraciones. Amén

Gracias al gran Maestro Gabriel García  Márquez por sus crónicas de una muerte anunciada. Y que la ceguera, y el miedo se decapiten con la denuncia de las víctimas y con el ejercicio de la justicia.
Ramón Velaides Jaimes

DOCENTES: Y SIGUEN SOBRANDO MAESTROS


RAMON VELAIDES

SIGUEN SOBRANDO MAESTROS EN CUCUTA
Al evocar nuestra máxima norma en su artículo 6 establece: “Los particulares solo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los  servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones”.
Ha de advertirse que en lo que aún subsiste de nuestro Estado Social de Derecho la Constitución y la ley son de obligatorio cumplimiento para todas las personas que se encuentran en el territorio  colombiano y que nadie por encumbrada y colorida que tenga su cresta o se vista con linaje celestial, está fuera de ese marco constitucional y legal.

Pareciera que las decisiones de la administración en lo educativo, estuvieran encaminadas a crear zozobra e incertidumbre no solo en los docentes de nómina que inician sus labores desde el año anterior y en aquellos con calidad temporal  o bajo no sé, ¿qué tipo de relación laboral?, inician labores dentro del primer trimestre y posiblemente en algunos casos no han llegado a las instituciones, sino en la sociedad en general. Paradójico o más bien perverso que mientras las estadísticas de la administración reflejan superpoblación de docentes de nómina y por ende pérdida de recursos, por otro lado parece ser que faltan docentes. Actuaciones que menoscaban los derechos fundamentales tanto de unos como de otros.

 Y si no, ¿por qué no se mira la realidad?, hasta el individuo más mentecato de la sociedad lo podría confirmar; Cómo, es que sobran maestros y con recursos públicos se construyen inmensas edificaciones para funcionar como mega colegios, mientras las plantas físicas de las actuales instituciones educativas convertidas muchas de ellas en ruinas, presentan un peligro actual e inminente para la integridad física y la vida de estudiantes, docentes y demás personas, o será que eso no interesa o posiblemente la negligencia de funcionarios hagan incurrir a la administración en una falla del servicio, o tal vez no se incurra en otros comportamientos descritos por la ley como delitos.

El sentido común me lleva al convencimiento de que la administración va a utilizar las plantas físicas de los mega colegios para trasladar allí a estudiantes, docentes y directivos de algunas de esas instituciones educativas convertidas en trampas mortales y de paso dar cumplimiento al mandato constitucional que reza “Las autoridades de la república están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los derechos sociales del estado y de los particulares”.  Creo que sería una buena manera de resarcir socialmente.
Que no salgan con el cuento que los culpables son las victimas es decir, los maestros o nuestra asociación sindical, porque ni unos ni otros son nominadores y mucho menos tienen esas funciones; estas, que se pueden estar abrogando algunos funcionarios violando abiertamente la constitución y la ley.

Solo para la reflexión sería bueno saber: ¿Se ha convocado a concurso docente con el objeto de nombrar docentes, mientras están sobrando o están mal ubicados?; ¿Si ha habido nombramiento de docentes, cuando están sobrando?; ¿por qué o para qué se construyen plantas físicas que requieren gran cantidad de docentes, cuando están sobrando?; ¿por qué se contratan docentes, si están sobrando?; ¿por qué muchos docentes inician en febrero, marzo o abril, si están sobrando?, ¿será que los recursos son públicos o del SGP y por qué pagar dos nóminas cuando ya existe una? no sigo reflexionando porque se me haría interminable, dejo para que cada uno que lea, plantee su propia reflexión y me ayude en esta actuación.
Ramón Velaides Jaimes








          

RAMÓN VELAIDES Y DERECHO FUNDAMENTAL DE CONCIENCIA


RAMON  VELAIDES

DERECHO FUNDAMENTAL DE CONCIENCIA
Nuestra constitución consagra la libertad de conciencia como un derecho fundamental, al tenor del  artículo 18 establece: “Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será molestado por razón de sus convicciones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia”.
Será que este derecho fundamental se conserva incólume  o es vulnerado por unos y otros; en el primer caso por quienes ejercen cierta jerarquía tanto en cargos públicos como en empresas privadas sobre el resto de empleados al ejercer cierta presión o maltrato Psicológico sobre quienes dependen de sus orientaciones laborales para no indirecta sino directamente obligarlos a votar y buscar votantes por determinado candidato, poniendo en juego su estabilidad en el cargo.

En el segundo caso se atentaría flagrantemente en contra de este derecho fundamental, cuando se obliga o se amenaza a grupos de personas a votar por determinado candidato, también cuando se pone de por medio las necesidades primarias de las personas, es decir se le pone precio a una persona por un día y se le quita por adelantado los restantes 1459 días del periodo que se percibe fácilmente, cuando la seguridad social prácticamente desaparece, cuando las ciudades retroceden y desaparece la legitimidad, etc.

Pero, como dicen las señoras aquellos proponen y usted dispone, porque un ciudadano sin capacidad de decidir y hay que nombrarle curador.
Después no tienen la autoridad moral ni para criticar ni para exigir, y pensar que la esclavitud en Colombia es inconstitucional.

La democracia no debe ser una empresa para unos pocos y una incertidumbre para la mayoría. En esta, el bien común está por encima del bien particular. Vote en conciencia, no se deje poner precio y ojalá  no se le niegue la oportunidad a quienes inician aspiraciones.
Ramón Velaides Jaimes

DOCENTES: Y SALARIOS

RAMÓN  VELAIDES

DERECHOS HUMANOS Y SALARIOS DE DOCENTES
La educación es el motor del desarrollo de toda sociedad civilizada, con ella se fomenta la justicia, la convivencia y se promueven los valores y el reconocimiento de los individuos como sujetos de derechos y deberes, aspectos que contribuyen al reconocimiento de las autoridades, su respeto y credibilidad para el pleno ejercicio de la gobernabilidad dentro de los imperativos legales y constitucionales con pleno reconocimiento de La DIGNIDAD HUMANA; como reza el artículo 1 de la Carta Magna en uno de sus apartes “Colombia es un estado social de derecho…fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”

Será acaso, que los gobernantes cumplen con estos mínimos principios constitucionales y legales cuando  de manera flagrante, independientemente de sus imprecisiones e imprevisiones (culpa), no pagan oportuna y cumplidamente los salarios de los docentes; sometiéndolos a la insatisfacción de sus necesidades primarias, incumplimiento de las diferentes obligaciones contraídas con anterioridad y al pago de intereses por retraso, será acaso que la administración indexa el salario y como si esto fuera poco pone en riesgo por conexidad la vulneración del derecho fundamental a la educación de los niños y jóvenes de una ciudad.

Será legal, y no arbitrario, que se actúe desconociendo el artículo 149 del código sustantivo de trabajo que en su numeral 1 reza que el patrono no puede deducir, retener o compensar suma alguna de salario, sin orden suscrita por el trabajador, para cada caso o sin mandamiento judicial. O tal vez, no se actúa fuera de los preceptos legales y constitucionales cuando no se paga oportunamente y se retiene por acción o por omisión los salarios de miles de docentes y se confunden las funciones ejecutivas con las funciones judiciales a decir, para cada caso o sin mandamiento legal. No me sigo cuestionando, ya que no soy quien está incumpliendo, porque estoy confundido, dejo las dudas y cuestionamientos para que otros me ayuden.

Creo que es tiempo que los directivos sindicales de ASINORT, representantes de los docentes confirmen la existencia de los giros, ya que es su responsabilidad, porque dentro la naturaleza de los sindicatos está la reivindicación y respeto de los derechos de los trabajadores y procedan en consonancia con la ley para que de una vez por todas respondan los culpables. Es su función y no vayan a creer que es un favor.
Ya para terminar, porque de pronto también con el no pago oportuno de los salarios independientemente de las circunstancias que ya son costumbre y como dicen los más versados, la costumbre hace ley, actúen antes que se convierta en mal. Y no vaya a ser que se configure un comportamiento penal. Amén
Ramón Velaides Jaimes 

DERECHOS HUMANOS Y SOBERANÍA DE LOS GOBERNADOS


DERECHOS HUMANOS Y SOBERANÍA DE LOS GOBERNADOS

Es un derecho natural del ser humano y de los pueblos decidir su propia forma de autodeterminarse, de constituirse como sociedad civilizada, y desarrollarse libre y soberanamente. Y como anotaría Rousseau, darse su propia forma de gobierno, mediante un contrato social, en el que todos y cada uno de sus asociados se desprende de un porcentaje de sus derechos y libertades, para recibir a cambio beneficios sociales enmarcados en los principios del respeto de la dignidad humana, la reciprocidad, la igualdad y la verdadera prevalencia del interés general, entre otros. Porque el hombre no se constituye como sociedad política ni elige gobernantes para su propia opresión o esclavitud, porque ese aforismo que todos ponen y unos pocos toman todo, debe desaparecer; porque la ley del más fuerte o de la selva hace miles de años quedó proscrita.

Los ejemplos de los pueblos de África y de algunos de Asia en la búsqueda de su autodeterminación, el reconocimiento de su dignidad y el recorte de las abismales diferencias socioeconómicas, son la consecuencia del sometimiento miserable y esclavizante trato de los depredadores humanos  que han ejercido el poder legándole generacionalmente, satisfaciendo su hedonismo, desapareciendo los dogmas divinos, que sagazmente infunden a los gobernados o víctimas.
No se comprende, cómo los pobladores de estos territorios que han sido llamados cunas de la civilización, han esperado tanto para dignificarse y exigir lo que les corresponde. Acaso el sometimiento que les han infligido sus falsos dirigentes les cercenó la capacidad mental y la memoria, al menos, para olvidar tan rápido la historia del bíblico Moisés, las enseñanzas de Mandela y de Gandhi.     

 Y ni que hablar de occidente cuyos gobernantes al igual que en Asia y África, utilizan como dogma el ejercicio de la democracia, el respeto a los derechos humanos y la lucha en contra del terrorismo para legitimarse, con las mismas prácticas no menos bárbaras. Parece ser que se sigue repitiendo el despotismo ilustrado.
Y si no, por qué no reflexionamos sobre los abusos de poder, sobre los postulados del liberalismo que se utilizan en beneficio de unos pocos o élites, de la creencia y aceptación dizque de familias reales, de los gobernantes por sucesión en todos los órdenes bien nacionales o locales y de la acumulación no solo de poder político y económico, sino del desconocimiento de lo social,  tenido en cuenta periódicamente solo para contar. Mientras el crecimiento del beneficio particular es cada vez más abismal frente a lo general.
    
Hace unos cuantos meses la juventud francesa se pronunció en contra de las medidas de disminución de su seguridad social, occidente que mete sus narices en todos los conflictos para desestabilizar sistemas que no rinden tributo a sus intereses, tanto en África como en Asia y demás y sus depredadores líderes que con gran júbilo esperan la caída de sus contradictores en el llamado efecto dominó, hoy temen que ese efecto se traslade a su territorio. Y si no miremos el presente ejemplo que nos brinda la comunidad española, que tuvo la valentía, verraquera y DIGNIDAD de dar el primer paso en contra de los delfines del poder que someten, denigran y esclavizan en todas las dimensiones a sus asociados.
Esperemos que todos los pueblos levanten las banderas de su dignificación política, económica y social.
Ramón Velaides Jaimes

SINDICALISMO: Y CUT NORTE DE SANTANDER POR RAMÓN VELAIDES


CUT Norte de Santander y antidemocracia sindical | Revista al Día

Para la ilustración, es bueno invocar: En primer lugar,  la Declaración Universal de los Derechos Humanos,  artículo 23 inc. 4, “Toda persona tiene, derecho a fundar sindicatos y a sindicalizarse para la defensa de sus intereses”. (No para su desconocimiento).
Artículo 29 inc. 2 “En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general de una sociedad democrática”. En segundo lugar, nuestra Carta Magna establece: Artículo 13 “Todas las personas gozarán de los mismos derechos libertades y oportunidades” y el artículo 39 “Derecho a constituir sindicatos sin intervención del estado, los sindicatos y organizaciones sociales y gremiales se sujetarán al orden legal y a los principios democráticos”. (Estos no pueden ser la premeditación teleológica y maquiavélica de unos para perpetuarse y excluir a los otros).
¿Cómo le parece?, que para ser presidente de la república de Colombia se requiere: i) ser colombiano de nacimiento, ii) ciudadano en ejercicio y iii) mayor de 30 años. Mientras que los eternos directivos de la CUT regional, invocan el artículo 35 de la CUT nacional “para ser candidato a la subdirectiva regional debe haber desempeñado por dos años como mínimo un cargo directivo en un sindicato o en una subdirectiva” limitando abiertamente la participación de todos los afiliados y borrando de tajo la democracia sindical, esta que dicen defender a capa y espada. De paso se pasan por la faja la declaración universal de los derechos humanos, la ley y la constitución política, herramientas y fundamentos que invocan en el ejercicio del Estado Social de Derecho para crear sindicatos al amparo de la democracia, que luego de perpetuarse, no para la defensa de los derechos laborales de sus asociados sino para su desconocimiento y turismo sindical.
Parece ser que su discurso por la defensa de los derechos laborales y fundamentales es solo una  falacia. Cuál sería su actuación en un estado, en donde fueran gobernantes, pero, de corte castrense, impondrían un sistema fascista en contra del interés  general.
Si la CUT sirve únicamente: para gozar del fuero sindical, para satisfacer los fines propuestos individualmente, y permanecer eternamente, en nombre de la ley, la constitución y el estado social de derecho y lo más absurdo es que socialmente todos los trabajadores la mantenemos, y menos aún cuando se obstaculiza el legítimo y sagrado derecho de participación; creo que no hay razón de su existencia.
Es hora de reflexionar, señores y añejados directivos, eliminando las trabas que el citado artículo 35 impone para que la democracia sindical fluya y permita la participación de todos, porque es legítima y esa sería una verdadera demostración de democracia sindical y por extensión se fortalecería más el sindicalismo que tanta falta hace.
Creo que la única limitante de los candidatos es su voluntad individual de no querer. El derecho del ejercicio democrático, no se circunscribe solamente a elegir y legitimar.
Reflexión: Cuando en los estatutos aparecen limitantes a la participación y al ejercicio democrático, fue porque quienes los redactaron sabían para donde iban, imponiendo sus intereses particulares. Pero las bases tienen la sapiencia de tomar decisiones trascendentales para tomar nuevos rumbos.